Plantea Claudia Anaya reformas que castiguen desapariciones forzadas

México, DF.- “Debido a la violencia que ha desatado la lucha contra el crimen organizado la cifra de desapariciones forzadas asciende a cinco mil 397 personas, según datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por lo que es urgente hacer reformas que protejan a los ciudadanos de este grave delito”.
Así lo señaló la diputada federal Claudia Edith Anaya Mota, al presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley de Amparo Reglamentaria en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“México carece de un marco normativo para proteger adecuadamente a los ciudadanos de las desapariciones forzadas, práctica que fue utilizada como una política represiva del Estado en contra de toda oposición política y que nos dejó uno de los capítulos más vergonzosos de impunidad y de violación a los Derechos Humanos durante los años setentas y ochentas”, indicó la legisladora.
“Sin embargo, hoy debemos destacar que ya no se trata de perseguidos políticos, sino de personas que han sido registradas como “víctimas de levantones” y que regularmente no son sujetas de ningún tipo de investigación para dar con su paradero, mucho menos para detener a los autores materiales o intelectuales, por lo que nos encontramos frente a un fenómeno nuevo en esta materia”, continuó.
Por lo tanto –comentó Anaya Mota–, esta iniciativa va encaminada a adecuar las reformas correspondientes tanto al Código Penal Federal como a la Ley de Amparo, con la finalidad de que se pueda contar con una legislación acorde a las recomendaciones de los organismos internacionales.
Y es que al respecto, cabe señalar que el pasado 23 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado Mexicano por la desaparición forzada del Señor Rosendo Radilla Pacheco reconociendo dicho Tribunal, la existencia de un contexto de violaciones sistemáticas y masivas a los Derechos Humanos durante la llamada «guerra sucia».
En este sentido, la presidenta de la Comisión Especial sobre la No Discriminación en la LXI Legislatura Federal, propone adicionar un artículo 215 E, a efecto de aumentar la pena de prisión hasta en una mitad cuando la víctima sea menor de 18 años o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho como pudiera darse en el caso de una persona con discapacidad; mayor de sesenta años o mujer embarazada.
De la misma manera en casos en que la víctima haya sido objeto de tortura, abuso sexual o violación durante el tiempo de desaparición; que durante el cautiverio por efecto de éste a la víctima le sobrevenga la muerte; que el delito se ejecute con violencia; que el autor sea o haya sido integrante de alguna corporación de seguridad pública o privada o se ostente como tal sin serlo.
O bien que el delito se ejecute como consecuencia de una práctica policial en la investigación y persecución de los delitos; que se nieguen a dar información sobre el paradero de la víctima cuando en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas omita responder las llamadas que se realicen al Registro Inmediato de Detenciones; se cometa en contra de persona que sea o haya sido periodista, dirigente comunitario, sindical, étnico o religioso, o candidato a cargo de elección popular, defensor de los derechos humanos, entre otras.
También se propone en la iniciativa, reformas a los artículos 17 y 117 de la Ley de Amparo para efectos de que los familiares de la persona que ha sido desaparecida puedan interponer y ratificar la demanda de amparo ante la evidente ausencia de la víctima.
“El Estado Mexicano no debe eludir sus responsabilidades internacionales, pues la desaparición forzada de personas es un delito de lesa humanidad sancionado por el Derecho Internacional, al que México debe corresponder con acciones contundentes”, señaló finalmente la diputada Claudia Anaya.
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